Cómo declarar las capturas de pesca recreativa con PescaREC

  • La app PescaREC será obligatoria para declarar la pesca recreativa en aguas exteriores y, en muchos casos, en el Golfo de Cádiz y Andalucía.
  • Habrá que registrar salidas, capturas, tallas y especies, incluso jornadas sin pesca, con especial control sobre especies sometidas a conservación.
  • La normativa fija límites estrictos de kilos por licencia y embarcación, además de listas de especies que deben declararse y otras cuya captura está prohibida.
  • El sector recreativo critica la carga burocrática y la brecha digital, mientras científicos y profesionales ven la medida clave para obtener datos y gestionar mejor los recursos marinos.

pesca recreativa declarar capturas

A partir del 10 de enero, la pesca recreativa en España entra en una nueva fase de control digital. Todos aquellos que pesquen en el mar deberán acostumbrarse a algo más que preparar cañas y carnada: también tendrán que coger el móvil para dejar constancia de su jornada.

La gran novedad es la obligación de declarar las capturas de pesca recreativa mediante una aplicación oficial, PescaREC. Da igual si se pesca desde costa, embarcación o en modalidad submarina; con ejemplares que se quedan a bordo o que se devuelven al agua e, incluso, en salidas sin una sola picada: la actividad deberá registrarse.

Qué es PescaREC y a quién obliga

PescaREC es la aplicación móvil del Gobierno de España diseñada para recopilar, en tiempo real, los datos de la pesca recreativa. La herramienta responde a una exigencia de la Unión Europea, que obliga a los Estados miembros a disponer de información detallada sobre las capturas de ocio para poder gestionar mejor los recursos marinos.

En España, la obligación se centrará inicialmente en la pesca recreativa en aguas exteriores, que son competencia estatal. Las comunidades autónomas podrán extender ese mismo sistema a las aguas interiores, de forma que en muchas zonas costeras el uso de la app se convertirá, de facto, en un requisito básico para salir a pescar.

La medida afectará a todos los perfiles de aficionados: pescadores de costa, usuarios de embarcaciones deportivas y practicantes de pesca submarina. En Andalucía, por ejemplo, se calcula que hay decenas de miles de licencias recreativas, con especial concentración en provincias como Cádiz, donde se estiman alrededor de 20.000 permisos en vigor.

En territorios con fuerte tradición pesquera como Baleares o el Golfo de Cádiz, donde la pesca de recreo forma parte del día a día de muchas familias, la llegada de PescaREC se interpreta como un cambio de reglas de juego de gran calado, ya que por primera vez se exigirá un seguimiento sistemático de esta actividad.

aplicacion para declarar capturas pesca recreativa

Cómo y qué hay que declarar en la pesca recreativa

La filosofía de PescaREC es sencilla sobre el papel: cada día de pesca debe quedar registrada en la app. El usuario comunicará la salida y, al finalizar la jornada, indicará si ha tenido capturas o no, y en su caso, qué especies, cuántos ejemplares, su talla y peso aproximados.

La normativa distingue entre especies con medidas de conservación específicas y el resto. Cuando se trate de especies sometidas a especial protección o con cuotas europeas —como el atún rojo, el atún blanco, el pez espada, determinados túnidos, la merluza, la lubina o algunas especies de besugo y marlines— el registro deberá ser detallado, incluyendo también los ejemplares que se devuelven vivos al mar.

Para el resto de especies, la exigencia principal será declarar la jornada de pesca recreativa, aunque en ámbitos como el Golfo de Cádiz se ha ido más allá: el decreto andaluz que regula la pesca marítima recreativa introduce un listado específico de especies que han de ser comunicadas obligatoriamente tras su captura.

La app, además, se utilizará para vigilar el cumplimiento de las tallas mínimas. Si se capturan peces por debajo de la longitud permitida, deberán ser devueltos al mar, y el control digital servirá para reforzar la trazabilidad y dificultar el uso irregular de estas capturas.

En la práctica, el pescador recreativo se encontrará con que, junto al equipo habitual, tendrá que tener el teléfono cargado y con conexión, pues la validez de su salida pasará por registrar la actividad en PescaREC. Las salidas sin declaración podrán considerarse incumplimientos de la normativa.

Límites de capturas y peso por licencia y embarcación

El marco que rodea a PescaREC no se limita al registro digital: viene acompañado de límites estrictos de capturas para la pesca recreativa, especialmente claros en el caso andaluz. El decreto autonómico fija un tope general por licencia y día de 5 kilos de pescado en peso vivo, o 4 kilos si las piezas se evisceran a bordo.

Existe una cierta flexibilidad en forma de “pieza extra”: cuando solo se capturen peces, se permite superar ligeramente el peso máximo con un ejemplar adicional, siempre que se respete el resto de requisitos, como las tallas mínimas y las especies autorizadas.

En cuanto a los cefalópodos, la legislación andaluza establece un límite específico de seis kilos por licencia y día si solo se capturan estos animales. Cuando a bordo haya varias personas con licencia pescando desde la misma embarcación, el total conjunto no podrá rebasar los 25 kilos diarios, sin contar la pieza extra autorizada.

Todos estos topes se diseñan para evitar la sobreexplotación del recurso y mantener un uso razonable de los caladeros. La Administración recuerda que la pesca de recreo, aunque orientada al autoconsumo y al ocio, sigue siendo una actividad extractiva que, sumada a gran escala, puede tener un impacto significativo en el ecosistema marino.

En paralelo, la normativa prohíbe de forma tajante la captura de especies protegidas o incluidas en catálogos de conservación, así como aquellas que tengan asignada una cuota cero en las decisiones europeas sobre Capturas Totales Admisibles (TAC). En caso de que estas especies caigan en el anzuelo de manera accidental, deben ser devueltas inmediatamente al agua.

Especies que hay que declarar en el Golfo de Cádiz

Uno de los puntos más concretos del nuevo sistema es el listado de especies cuya captura debe declararse obligatoriamente en el caladero del Golfo de Cádiz. El objetivo es tener un seguimiento fino de las poblaciones que soportan una mayor presión por parte de la pesca recreativa.

Entre estas especies se encuentran muchos de los peces más habituales en las salidas de ocio, desde depredadores costeros hasta cefalópodos muy apreciados. Algunas de las que deben registrarse en PescaREC cuando se capturan en esta zona son:

  • Dorada (Sparus aurata)
  • Lubina o robalo (Dicentrarchus labrax)
  • Diferentes especies de sargos (Diplodus spp)
  • Baila (Dicentrarchus punctatus)
  • Pargo (Pagrus pagrus)
  • Herrera (Lithognathus mormynus)
  • Urta (Pagrus auriga)
  • Mojarra (Diplodus vulgaris)
  • Breca (Pagellus erythrinus)
  • Chova o anjova (Pomatomus saltatrix)
  • Roncaor (Pomadasys incisus)
  • Dentón común (Dentex spp)
  • Palometa roja (Beryx decadactylus)
  • Lisas (Liza spp)
  • Borriquete (Plectorhinchus mediterraneus)
  • Listado (Katsuwonus pelamis)
  • Calamar (Loligo vulgaris)
  • Sepia, jibia o choco (Sepia officinalis)
  • Congrio (Conger conger)
  • Musola (Mustelus mustelus)
  • Corvina negra (Pseudotolithus senegalensis)
  • Chopa (Spondyliosoma cantharus)
  • Barracuda o espetón (Sphyraena sphyraena)
  • Galan o raor (Xyrichtys novacula)
  • Bacoreta (Euthynnus alletteratus)
  • Falso abadejo (Epinephelus alexandrinus)
  • Oblada (Sparus melanurus)
  • Pámpano (Stromateus fiatola)
  • Boga (Boops boops)
  • Melva (Auxis rochei)

La inclusión de cefalópodos como calamar y sepia, junto a depredadores costeros muy buscados como la dorada, la lubina o el dentón, refleja la intención de controlar las especies clave para la afición y para el equilibrio de los ecosistemas litorales.

Especies prohibidas que deben devolverse al mar

Junto a las especies declarables, el decreto sobre pesca marítima recreativa en Andalucía marca una larga relación de especies cuya captura, retención, desembarco y transporte están prohibidos. Si aparecen en el sedal de forma accidental, hay que soltarlas inmediatamente y en las mejores condiciones posibles.

En este listado figuran, sobre todo, tiburones, rayas, grandes peces pelágicos y especies en peligro o con protección especial. Entre ellas se incluyen:

  • La mayoría de moluscos, excepto calamar (Loligo spp) y sepia (Sepia spp)
  • Pulpo (Octopus spp) en el ámbito recreativo regulado
  • Diversas especies de tiburones zorros (Alopias spp)
  • Peces de profundidad como pejegatos (Apristurus spp), quelvachos (Centrophorus spp) o tollos de varias especies
  • Tiburón blanco (Carcharodon carcharias) y tiburón ballena (Rhincodon typus)
  • Tiburón martillo (Sphyrnidae spp), tiburón azul (Prionace glauca) y otras especies oceánicas
  • Diferentes rayas y mantas (Mobula spp, Manta birostris, Myliobatis aquila, Raja undulata, entre otras)
  • Ángel de mar o angelote (Squatina squatina)
  • Esturiones (Acipenser spp, incluidos esturión común y del Adriático)
  • Salmones atlánticos (Salmo salar) y truchas marinas (Salmo trutta) en determinados contextos
  • Pez espada (Xiphias gladius) en el marco de la pesca recreativa costera andaluza
  • Caballitos de mar (Hippocampus spp)
  • Cherna (Polyprion americanus)
  • Pez de San Pedro (Zeus faber)
  • Fletán atlántico (Hippoglossus hippoglossus)

La lógica de esta lista es clara: evitar que especies vulnerables o con poblaciones en retroceso sufran presión añadida desde la pesca recreativa. La Administración advierte de que el incumplimiento de estas prohibiciones puede acarrear sanciones, incluida la pérdida de la licencia.

En paralelo, se quiere impedir que la pesca de ocio se convierta en una vía encubierta de comercialización de capturas sensibles, un fenómeno que los pescadores artesanales denuncian desde hace años en algunos caladeros españoles.

Por qué Bruselas exige declarar las capturas recreativas

La obligación de declarar las capturas de pesca recreativa no nace de la nada. La Unión Europea lleva más de una década advirtiendo de la necesidad de controlar esta actividad. Ya en 2009, un reglamento comunitario fijó la obligación de crear un marco común de control para la pesca deportiva, al considerar que el número de pescadores y su posible impacto sobre determinadas poblaciones de peces eran mucho mayores de lo que reflejaban las estadísticas oficiales.

En 2013, el Parlamento Europeo insistió en que los Estados miembros debían asegurar un control efectivo. La normativa más reciente concreta esa obligación: los países deben recopilar y comunicar a Bruselas, cada año, los datos sobre las capturas recreativas, con horizonte de referencia en fechas como el 31 de mayo.

En este contexto, la puesta en marcha de PescaREC en España es la forma escogida para cumplir con el mandato europeo de recabar información exhaustiva. Según los trabajos del Instituto Español de Oceanografía (IEO-CSIC), se estima que en Europa puede haber unos nueve millones de pescadores recreativos y que sus desembarcos podrían alcanzar, en algunos casos, hasta un tercio del volumen de la pesca comercial.

En el caso español, los datos manejados por los científicos apuntan a la existencia de entre 900.000 y 1.200.000 licencias de pesca recreativa, repartidas entre modalidades de costa, embarcación individual o compartida y pesca submarina. Regiones como Andalucía, con más de 900 kilómetros de costa, dos grandes caladeros (Mediterráneo y Golfo de Cádiz) y una potente red de clubes y puertos deportivos, son un buen ejemplo del peso económico y social de esta actividad.

Para los investigadores, la principal carencia hasta ahora ha sido la ausencia de datos sistemáticos sobre lo que realmente se captura. Sin esa información, sostienen, resulta muy difícil asesorar a las administraciones y proponer medidas de gestión ajustadas a la realidad.

La visión científica: de la desconfianza al potencial como herramienta

Desde el ámbito científico, la implantación de PescaREC se observa como una oportunidad para reducir la enorme “zona oscura” de la pesca recreativa. Investigadoras del IEO-CSIC, como la bióloga Paz Jiménez, subrayan que, si bien se calcula que la pesca de recreo puede suponer alrededor de un tercio de las capturas en algunas especies, lo cierto es que se trata de estimaciones con un margen importante de incertidumbre.

Jiménez recuerda que la pesca de ocio es muy heterogénea en artes, horarios y zonas: se practica desde espigones, roquedos, playas, embarcaciones pequeñas e incluso de noche, con gran dependencia de las condiciones meteorológicas. Todo ello complica enormemente el seguimiento mediante métodos tradicionales de muestreo.

Por este motivo, en foros internacionales como el Consejo Internacional para la Explotación del Mar (ICES) se ha apostado por la idea de que sean los propios pescadores recreativos quienes aporten la información básica sobre sus capturas. La premisa es sencilla: ellos son quienes mejor conocen su actividad y, en teoría, pueden suministrar los datos más fiables sobre lo que se extrae del mar.

Los científicos insisten en que, sin datos, las administraciones tienden a optar por medidas más preventivas y conservadoras, precisamente porque desconocen el impacto real de la pesca recreativa sobre cada especie. En esa lógica, una herramienta que facilite información detallada podría, a medio plazo, traducirse en decisiones de gestión más afinadas y, potencialmente, menos restrictivas allí donde se demuestre que la presión es baja.

Eso sí, los investigadores también reconocen que todo el sistema descansa en gran medida sobre la buena fe y la colaboración del sector recreativo. La utilidad de PescaREC dependerá de que los usuarios la utilicen de forma continuada y honesta, algo que no está garantizado si una parte importante del colectivo percibe la obligación como un mero instrumento de control o sanción.

Críticas y recelos de los pescadores recreativos

En el lado de los aficionados, la reacción a la obligación de declarar las capturas de pesca recreativa ha sido, en muchos casos, de malestar y desconfianza. En redes sociales y foros especializados se multiplican las quejas por lo que se percibe como una carga burocrática excesiva aplicada a una actividad de ocio.

Plataformas como la Pereyna de Pesca Recreativa y Náutica de las Pitiüses, con base en Ibiza, se han integrado en una red de asociaciones de distintas comunidades (Galicia, Andalucía, Valencia, Canarias, entre otras) que analizan la implantación de PescaREC y preparan recursos formales contra la medida.

Para portavoces de estos colectivos, la obligación de utilizar una app en cada salida supone una carga desproporcionada, especialmente para quienes solo salen unas pocas veces al año. Alegan que un aficionado que aprovecha sus ratos libres para echar la caña no debería enfrentarse a trámites que percibe como complejos, ni convertirse en lo que algunos describen, con ironía, como “ingeniero de la NASA para poder pescar”.

Otra de las preocupaciones recurrentes es la brecha digital. No todos los pescadores recreativos usan teléfonos inteligentes con soltura, y las personas mayores o sin acceso a internet pueden encontrar serias dificultades para adaptarse a un sistema exclusivamente digital. Por ello, desde varias asociaciones se pide mantener canales alternativos en papel, de uso sencillo, para quienes no se manejan bien con la tecnología.

En lugares donde ya existían herramientas propias para declarar capturas en reservas marinas —como ocurre en Baleares con la app Diario de Pesca Recreativa— genera dudas la convivencia entre aplicaciones. Los pescadores temen tener que duplicar registros según si pescan dentro o fuera de reserva, lo que aumentaría aún más la sensación de complejidad.

Posturas matizadas y demandas de alternativas

No todas las voces del recreativo muestran una oposición frontal al control. En zonas como Formentera, algunos representantes de los aficionados recuerdan que ya llevan años declarando capturas dentro de determinadas reservas marinas, y que la extensión de esta obligación a más áreas no tendría por qué suponer un problema insalvable, siempre que el sistema sea práctico.

En estos casos, el matiz clave no es tanto el fondo de la norma —la necesidad de saber qué se pesca para gestionar mejor las poblaciones— como la forma elegida para implantarla. Se reclama que el uso de la app sea una opción destacada, pero no la única vía, de modo que se mantengan alternativas mediante formularios en papel o canales presenciales para determinados colectivos.

También se pide claridad sobre qué especies, zonas y circunstancias concretas obligarán a declarar, para evitar un escenario de incertidumbre en el que ni siquiera la administración tenga cerrados todos los detalles a pocas semanas de su aplicación.

Las asociaciones, además, insisten en la necesidad de acompañar cualquier cambio normativo de campañas de información y pedagogía. Recuerdan que, en el pasado, iniciativas como las campañas de concienciación sobre las tallas mínimas (“los pezqueñines, dejadlos crecer”) lograron calar en buena parte de la población gracias a una comunicación insistente y clara.

En ese sentido, varios portavoces consideran que ha faltado explicación previa por parte de las administraciones, lo que ha alimentado la sensación de imposición súbita y ha dificultado que el sector asuma la medida como algo propio.

La posición de la pesca profesional y la denuncia del furtivismo

La recepción de PescaREC es muy diferente en el ámbito de la pesca profesional y artesanal. Desde cofradías y federaciones nacionales se observa con buenos ojos que, por fin, la actividad recreativa tenga que declarar sus capturas de manera comparable a como lo hacen quienes viven del mar.

Pescadores artesanales recuerdan que ellos llevan años reportando al detalle sus capturas y esfuerzo de pesca, y que estas series históricas han servido de base para muchas decisiones de gestión. Consideran que la ausencia de datos equivalentes por parte de la pesca recreativa ha generado un desequilibrio a la hora de evaluar el estado real de los caladeros.

Algunas organizaciones van más allá y señalan que una fracción de la pesca de ocio habría derivado en prácticas cercanas al furtivismo, con venta no declarada de pescado a restaurantes o comercios locales y sin trazabilidad, incluso con especies sometidas a cupos o medidas de conservación.

Desde este prisma, la obligación de declarar las capturas de pesca recreativa se ve como una herramienta para poner coto a posibles abusos y distinguir con claridad a quien pesca para autoconsumo de quien intenta hacer negocio al margen de la ley. También se interpreta como una forma de reforzar el argumento de la pesca profesional cuando reclama una revisión de cuotas o de vedas, aportando un panorama más completo del esfuerzo de extracción global.

Entre los profesionales se advierte, no obstante, de que si el sistema de control digital no funciona o se usa de manera irregular, la Unión Europea podría impulsar medidas aún más estrictas, como el seguimiento mediante dispositivos de posicionamiento, restricciones más severas de licencias o cierres temporales de determinadas pesquerías recreativas.

Retos pendientes: simplicidad, confianza y cumplimiento real

registro capturas pesca recreativa

Más allá del texto legal, el verdadero desafío estará en cómo se implemente en la práctica la obligación de declarar las capturas de pesca recreativa. La eficacia de PescaREC dependerá de factores como la facilidad de uso de la app, la estabilidad técnica del sistema y la rapidez con la que los usuarios puedan registrar su actividad sin que ello les suponga un quebradero de cabeza.

Entre los puntos más delicados aparece la necesidad de garantizar alternativas para quienes no tengan acceso o destreza con los teléfonos inteligentes. Situaciones tan cotidianas como quedarse sin batería, sufrir problemas de cobertura o un fallo de la propia aplicación pueden generar conflictos si no existen protocolos claros para justificar la imposibilidad de comunicar la salida.

A ello se suma la cuestión del control y la verificación de la veracidad de los datos. Aunque la app recoja información abundante, seguirá siendo complicado contrastar, en todos los casos, que lo declarado coincide con lo realmente pescado, lo que abre la puerta a posibles infradeclaraciones si una parte del colectivo mantiene una actitud poco colaboradora.

Desde el ámbito científico y profesional, se insiste en que la aplicación debería ser vista como una herramienta compartida entre administración, investigadores y sector, más que como un mecanismo puramente sancionador. Para que esto ocurra, apuntan, será fundamental que el retorno de la información sea visible: por ejemplo, a través de informes periódicos que muestren cómo contribuyen los datos aportados por los pescadores a mejorar la gestión y el estado de los recursos marinos.

En un escenario en el que la presión sobre los ecosistemas marinos es cada vez mayor y la normativa europea aprieta para tener un conocimiento más completo de todas las actividades extractivas, la obligación de declarar las capturas de pesca recreativa marca un antes y un después. Su éxito o fracaso dependerá en buena medida de que la herramienta resulte manejable, de que se atienda a la diversidad de perfiles de pescadores y de que se generalice la idea de que cada jornada registrada aporta una pieza más al puzle de la sostenibilidad del mar.