Temporada de pesca continental en Galicia: normas, cambios y especies autorizadas

  • La temporada general de pesca continental se extiende del 15 de marzo al 31 de julio, con excepciones por especie y tipo de masa de agua.
  • Se mantiene un cupo máximo de 6 truchas al día por pescador y 2 ejemplares de reo, con tallas mínimas específicas.
  • El salmón queda totalmente vedado en las aguas continentales gallegas, salvo una excepción ligada a un concurso tradicional en el Ulla.
  • Se refuerzan las restricciones sobre especies vedadas y exóticas invasoras, y se limita la pesca desde pato en el embalse de A Fervenza a la modalidad sin muerte.

temporada pesca continental Galicia

La nueva orden que regula la temporada de pesca continental en Galicia de 2026 ya está sobre la mesa y trae consigo un paquete de normas que afectará de lleno a miles de aficionados. El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado la regulación que marcará cómo, cuándo y qué se podrá pescar en los ríos, embalses y demás masas de agua interiores de la comunidad.

Con esta normativa, la Consellería de Medio Ambiente fija los periodos hábiles, las especies permitidas, las masas de agua vedadas, los cupos diarios, las tallas mínimas y las condiciones especiales de determinados cotos. Todo ello pensando tanto en los más de 40.000 pescadores gallegos que salen al río cada año como en la conservación de unas poblaciones de peces cada vez más presionadas.

Fechas clave de la temporada general de pesca continental

La regla general establece que la temporada de pesca continental comenzará el 15 de marzo y se cerrará el 31 de julio en la mayoría de las masas de agua de Galicia. Dentro de ese marco común se introducen ajustes en función de la especie y del tipo de río o embalse, sobre todo en las zonas de montaña y en aquellos tramos donde conviven varias especies sensibles.

En los ríos catalogados como aguas salmoneras, tramos con presencia de reo o zonas de alta montaña, el inicio de la campaña se retrasa al 1 de mayo. Esta modificación busca reducir la presión sobre poblaciones más frágiles en momentos críticos de su ciclo biológico, como los periodos posteriores a la freza.

En algunos cotos y tramos con regulación específica, especialmente los que cuentan con convenios de colaboración o están dedicados a la modalidad de pesca sin muerte, la temporada se prolonga más allá del 31 de julio. En estos casos se pueden habilitar periodos que se alargan hasta el 30 de septiembre, siempre bajo condiciones más restrictivas.

La orden anual detalla, tramo a tramo, qué zonas mantienen el calendario general y cuáles disponen de ampliaciones o retrasos. Se insiste en que el pescador revise bien la normativa concreta de cada coto o río antes de planificar sus salidas para evitar infracciones por desconocimiento y eligiendo el material adecuado, como las mejores cañas de pescar.

En paralelo, se mantienen criterios homogéneos para todo el territorio en lo relativo a los días hábiles e inhábiles, de forma que exista un patrón claro en todos los ríos gallegos y se facilite la planificación de la temporada.

Normas para la trucha: cupos, tallas y excepciones

La trucha sigue siendo la especie estrella de la pesca continental en Galicia y, como viene siendo habitual, cuenta con una regulación detallada. La temporada general para esta especie comienza el 15 de marzo y termina el 31 de julio, con la posibilidad de prolongarse hasta el 30 de septiembre en determinados cotos consorciados y tramos destinados exclusivamente a la pesca sin muerte.

En los ríos de alta montaña y en las aguas donde coexisten trucha con reo o con salmón, el inicio de la campaña truchera se retrasa al 1 de mayo. Este ajuste pretende reducir la presión en zonas especialmente delicadas, donde el equilibrio entre las diferentes especies es más inestable.

Como norma general, el cupo máximo de 6 truchas por día, siempre que cumplan la talla mínima establecida en 19 centímetros. Este límite pretende compatibilizar la actividad recreativa con un aprovechamiento responsable de los recursos.

A pesar de ese marco común, la normativa recuerda que cada coto y cada tramo puede introducir variaciones, con reducciones de cupo o modificaciones en la talla mínima permitida. Por ello se recomienda consultar la ficha de cada escenario, ya que en algunas zonas de especial valor biológico se aplican requisitos más estrictos.

En los sectores donde solo se autoriza la pesca sin muerte, las capturas deben devolverse al agua de inmediato y en las mejores condiciones posibles, utilizando anzuelos sin muerte y manipulando los peces con cuidado para minimizar el estrés y la mortalidad posterior.

Regulación del reo: periodos y cotos con ampliación

El reo, una especie con gran interés deportivo y creciente valor turístico, presenta una situación preocupante por el notable descenso de sus poblaciones. Por este motivo, la nueva orden mantiene una regulación prudente, con un calendario más corto y cupos reducidos respecto a otras especies.

La temporada general del reo arranca el 1 de mayo y finaliza el 31 de julio. No obstante, en varios cotos muy conocidos por los aficionados se amplía el periodo en la modalidad de pesca con captura autorizada, siempre bajo control y con limitaciones estrictas.

En los cotos de Betanzos, Noia, Noval, Ombre, Padrón, A Ponte do Porto, Ribeiras, Segade, Traba, Xuvia y Lambre, la pesca del reo se prorroga hasta el 30 de septiembre. Esta ampliación permite a los pescadores disfrutar de más jornadas, pero sin modificar los cupos ni las tallas mínimas.

En el caso de los cotos de Ponte Arnelas, Pontevea y Sinde, el cierre de la temporada de reo se fija el 31 de agosto. De este modo, se introduce un escalonamiento en los cierres, adaptando la presión pesquera a la realidad de cada río y a la abundancia relativa de la especie.

La cuota diaria de captura se mantiene en dos ejemplares por persona y jornada, con una talla mínima general de 35 centímetros. En el río Eo, sin embargo, la talla se rebaja hasta los 25 centímetros, conservando el mismo cupo de dos peces por día, atendiendo a las características propias de esa cuenca.

Veda total del salmón y única excepción en el Ulla

Una de las decisiones más contundentes de la normativa es la veda absoluta del salmón en todas las aguas interiores gallegas. La Consellería opta por cerrar completamente la pesca de esta especie ante la situación de grave regresión que sufre en los principales ríos de la comunidad.

Esta veda coloca a Galicia en una posición de referencia dentro de España en cuanto a medidas de conservación del salmón atlántico, asumiendo que, si no se reduce al máximo la presión directa, la recuperación de la especie será todavía más complicada en los próximos años.

Solo se contempla una excepción muy concreta y controlada, vinculada a la celebración de la tradicional Fiesta del Salmón de A Estrada. En este contexto, se autoriza un concurso-exhibición de pesca en los cotos de Sinde, Pontevea, Santeles y Couso, bajo normas específicas aprobadas por el departamento territorial correspondiente.

El conocido coto de Ximonde, uno de los referentes históricos del salmón en el río Ulla, queda expresamente excluido de esta excepción, reforzando así el mensaje de que el objetivo principal es la protección de la especie a medio y largo plazo.

La veda del salmón se complementa con otras restricciones sobre especies especialmente sensibles, que también se ven afectadas por prohibiciones de captura en todas las masas de agua continentales de la comunidad.

Especies vedadas y gestión de exóticas invasoras

La orden anual detalla un listado de especies totalmente vedadas en todas las aguas continentales de Galicia, cuya pesca queda prohibida durante toda la temporada. Entre ellas se incluyen el cangrejo de río autóctono, la bermejuela (reñosa), el espinoso, la zamborca o sábalo y la anguila, todas ellas con poblaciones muy mermadas o sometidas a fuertes presiones ambientales.

En el caso concreto de la saboga, se establece una regulación especial: solo se permite su pesca en el tramo del río Ulla comprendido entre la presa de Couso y la desembocadura, y únicamente entre el 1 de mayo y el 7 de junio. Fuera de ese periodo y de ese tramo, la especie se considera vedada.

Respecto a las especies exóticas invasoras, la normativa se alinea con la regulación estatal, que obliga al sacrificio de los ejemplares capturados para evitar su reintroducción en el medio. Entre estas especies se incluyen la perca americana (black bass), la carpa, el cangrejo rojo americano y el cangrejo señal, presentes sobre todo en embalses y masas de agua con menos valor ecológico.

La orden especifica que la pesca de estas exóticas invasoras solo se permite en determinados ámbitos territoriales, claramente indicados en el texto legal. Aunque en muchos de esos embalses la pesca se autoriza durante todo el año, los pescadores están obligados a no devolver al agua los ejemplares capturados.

Con esta combinación de vedas estrictas y control sobre las especies invasoras se busca proteger las comunidades autóctonas de peces y mejorar el equilibrio ecológico en los ríos y embalses gallegos, un reto cada vez más complejo por la presión humana y los cambios ambientales.

Días hábiles para la pesca y organización de las jornadas

Además de las fechas de apertura y cierre por especie, la orden establece un marco común sobre los días de la semana en los que está permitido pescar. Con carácter general, los lunes se consideran días inhábiles para la pesca en todas las masas de agua continentales de Galicia.

Esta inhabilitación de los lunes, salvo que coincidan con festivos nacionales o autonómicos, pretende ofrecer un respiro periódico a los ríos y embalses, reduciendo la presión acumulada tras los fines de semana, cuando se concentra la mayor parte de la actividad.

Los jueves, por su parte, se declaran días hábiles solo para la pesca sin muerte en todas las masas de agua, salvo cuando coinciden con festivos de ámbito nacional o autonómico. En esos casos, los jueves se consideran hábiles según la modalidad general autorizada en cada tramo.

El resto de días de la semana se rigen por la modalidad de pesca autorizada en cada río, coto o escenario, de acuerdo con lo recogido en la orden anual. Esto obliga al pescador a revisar la normativa concreta de cada zona para confirmar si se permite la pesca con muerte o únicamente la suelta obligatoria.

En líneas generales, este esquema de días hábiles e inhábiles busca un equilibrio entre el aprovechamiento recreativo y la conservación de los recursos, repartiendo la presión de pesca de manera más uniforme y facilitando cierta recuperación de las poblaciones a lo largo de la semana.

Novedades en el embalse de A Fervenza y pesca desde pato

Entre las modificaciones más comentadas por los aficionados figura el cambio de criterio en el embalse de A Fervenza, en el río Xallas, un escenario muy conocido por sus buenas poblaciones de trucha y por la afluencia de pescadores de toda Galicia, especialmente del área de Santiago.

Este embalse, situado en los municipios de Mazaricos, Dumbría, Vimianzo y Zas, se ha convertido en los últimos años en un punto de referencia para la pesca desde pato, un tipo de embarcación flotante sin motor que permite al pescador desplazarse por casi toda la lámina de agua.

La nueva normativa introduce una restricción clara: la pesca desde pato en A Fervenza solo se autoriza en la modalidad sin muerte. Es decir, los pescadores que empleen este tipo de embarcación deberán devolver al agua todas las truchas capturadas, sin posibilidad de sacrificarlas.

Con esta medida se pretende rebajar la presión sobre una de las principales reservas trucheras de Galicia, teniendo en cuenta que la popularidad de la pesca desde pato había crecido de forma notable en los últimos años, con jornadas en las que se veían decenas de aficionados en la misma masa de agua.

La Consellería argumenta que este tipo de limitación favorece el mantenimiento de poblaciones abundantes y de cierto tamaño, garantizando que A Fervenza siga siendo un escenario de referencia para la pesca deportiva sin comprometer el futuro de la especie.

La regulación de la temporada de pesca continental en Galicia de 2026 dibuja un escenario en el que se intenta compatibilizar el disfrute de un hobby muy arraigado entre la población gallega con una batería de medidas de conservación cada vez más estrictas. Fechas escalonadas, cupos ajustados, vedas totales para especies en riesgo y restricciones específicas en escenarios clave marcan una campaña en la que el pescador tendrá que estar más atento que nunca a la letra pequeña de la normativa antes de lanzar la caña.

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